Antes de analizar las diferencias entre el factoring y el descuento comercial, definiremos brevemente lo que significan estos dos conceptos.
Qué es el factoring
En el post sobre el factoring de este blog explicamos en qué consiste este servicio, conocido también como anticipo de facturas o descuento de facturas. Un contrato de factoring no es solo un medio de financiación, sino que ofrece otros servicios: la investigación comercial de la solvencia de los clientes actuales o futuros y los límites de crédito que se debe asignar a cada uno, la gestión de cobro de las facturas, la administración y control contable de las facturas cedidas; y la cobertura del riesgo del impago de los deudores, en caso de que se contrate un factoring sin recurso. Como medio de financiación, las empresas reciben el pago anticipado del importe de las facturas emitidas a sus clientes, sin esperar a su vencimiento, a cambio ceder a las entidades o empresas financieras los derechos de cobro. La financiación se realiza hasta un porcentaje de las facturas, que acuerdan las dos partes.
El factoring que tradicionalmente han ofrecido las entidades de crédito y empresas financieras, exige que esa operación sea exclusiva de una sola entidad o empresa financiera para un mismo cliente, y la empresa debe ceder la totalidad de los derechos de cobro sobre ese cliente.
Qué es el descuento comercial o descuento de efectos comerciales
Es un medio de financiación de las empresas. Estas ceden a las entidades de crédito o empresas financieras los derechos de cobro de los efectos comerciales no vencidos que llevan a descontar, a cambio de recibir el pago anticipado de su importe nominal, deducidos los gastos de gestión e intereses correspondientes. Las comisiones y los intereses se pueden calcular en base al plazo desde el descuento hasta el vencimiento (descuento ordinario), o se aplica un solo tipo de interés y una comisión fija (descuento “a forfait” o tanto alzado). Los títulos a descambiar pueden ser pagarés cambiarios, letras de cambio, o recibos negociables.
La empresa puede realizar un descuento simple o circunstancial, si no necesita anticipar el cobro de los efectos de forma habitual. Si lo necesita, puede suscribir con una entidad o empresa financiera una línea de descuento de efectos.
Las entidades o empresas financieras pueden solicitar avales o garantías de los socios o de la empresa contratante para respaldar el cobro de los créditos anticipados.
Diferencias entre el factoring y el descuento comercial
- El factoring es, generalmente, más caro que el descuento comercial. Es un contrato de larga duración, que conlleva gastos de apertura y cancelación del contrato, comisión sobre el nominal de las facturas cedidas que incluye, además del margen de beneficio de la entidad financiera, los servicios de gestión de cobro y de administración y control contable de las facturas, y el seguro del cobro (en caso de insolvencia del deudor). Están también los gastos de la comisión por la investigación comercial, los intereses sobre el importe adelantado y los intereses por demora.
El descuento circunstancial supone gastos del tipo de descuento que aplica la entidad financiera, costes de la formalización del contrato de descuento, las comisiones de la operación y otros gastos de timbres, correos, etc. Se pagan en el momento del descuento y luego no se pueden anular. La formalización de una línea de descuento de efectos supone añadir los gastos de notario, al que es obligatorio acudir. - El descuento comercial es una operación que requiere que la empresa posea créditos de clientes documentados en títulos, lo que puede limitar las posibilidades de utilizarlo. El factoring requiere tener solamente las facturas emitidas. Sin embargo, el descuento es una operación más sencilla que el factoring.
- Desde otro punto de vista, el descuento circunstancial es más ágil cuando las empresas necesitan financiación de forma puntual o sobre uno o más títulos, ya que en el factoring se descuentan la totalidad de las facturas de un cliente; además, los plazos no son a veces lo suficientemente rápidos.
- En el factoring el anticipo es flexible tanto en tiempo como en cuantía. En el descuento comercial el anticipo es rígido, ya que se hace en el momento de efectuarlo y por el importe total del efecto comercial a descontar.
- El descuento comercial se realiza siempre con la cláusula “salvo buen fin”, de modo que si el deudor no atiende al pago de uno o más títulos comerciales, la entidad que ha anticipado el pago los devolverá, cargando en cuenta a la empresa solicitante del anticipo, el nominal de los títulos más los gastos de devolución. El factoring sin recurso cubre el riesgo de impago de la empresa deudora cuando se encuentra declarada judicialmente en concurso de acreedores.
- En el factoring sin recurso, el factor (la entidad o empresa financiera) asume el riesgo de impago y el recobro, con lo que interviene en la relación entre el pagador y el proveedor o empresa que contrata el factoring. Sin embargo en el descuento comercial y en el factoring con recurso, es la empresa contratante la que se hace cargo del impago y del recobro.
Una PYME ha de valorar las ventajas e inconvenientes de cada una de estas soluciones, para decidir cuál es la más conveniente. Por ejemplo, le puede interesar utilizar el factoring solo cuando trabaja con clientes que son grandes empresas, ya que éstas realizan pagos a muy largo plazo.
Actualmente, las empresas fintech ofrecen mayor agilidad para acceder a la financiación o mayor flexibilidad, por ejemplo, la posibilidad de descontar solo algunas facturas de la cartera total de un cliente. Las plataformas de financiación colaborativa ofrecen un coste de financiación más bajo, gracias a la desintermediación financiera que permite su operativa. Estas nuevas fórmulas de financiación alternativa permiten a las PYMEs la rapidez y sencillez que necesitan para obtener liquidez a corto plazo.
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