Continuamos hoy con la serie de artículos sobre la financiación de las operaciones de exportación y medios de pago de facturas en el comercio internacional, para tratar sobre una herramienta que el exportador puede utilizar para reducir los riesgos de impago de facturas: el seguro de crédito a la exportación. Además de este riesgo comercial de demora, lentitud o pago parcial de las facturas en operaciones de exportación, el seguro protege de otros riesgos que pueden provocar también la falta de pago de los compradores extranjeros:
- Riesgos comerciales, como insolvencia o quiebra del importador.
- Riesgos políticos, como guerra o terrorismo.
- Riesgos de cambios en reglamentos de importación o exportación.
Hay que tener en cuenta que este tipo de seguro no cubre los bienes o riesgos que cubren otros seguros: marítimos, de incendio, etc.
Aunque no es el tema de este artículo, solo citar que, en caso de inversiones en un país extranjero, el seguro de crédito a la exportación cubre el riesgo de expropiación y el riesgo de inconvertibilidad de la moneda (imposibilidad de convertir fuera del país de acogida los fondos relacionados con la inversión).
En España, CESCE es la Agencia de Crédito a la Exportación (ACE) encargada de gestionar el seguro de crédito a la exportación por cuenta del Estado y en su capital participan, además del Estado, los principales grupos bancarios y compañías de seguros españolas. Tiene el monopolio de la cobertura de riesgos políticos y extraordinarios. También ofrece soluciones –como grupo empresarial- para la gestión del crédito comercial en parte de Europa y Latinoamérica, junto a las agencias aseguradoras (promoción financiera).
El Estado puede promocionar la actividad exportadora mediante dos vías: establecer líneas de crédito para financiarla o disminuir/eliminar los riesgos a los exportadores y a las instituciones financiadoras (por ejemplo, con este tipo de seguros). El seguro de crédito a la exportación es una variedad del seguro de crédito convencional que, a su vez, pertenece a la rama de los seguros de daños (cfr. el Módulo V: «Seguro de crédito a la exportación para operaciones a medio y largo plazo» del programa de consolidación de la PYME exportadora, de EOI).
Este seguro se ofrece para períodos de reembolso de corto plazo (hasta un año) y de medio plazo (de uno a cinco años), tanto en el caso de un único comprador como en el de múltiples compradores. En este último, el coste es menor, así como en el caso de que el exportador sea experimentado. Las primas del seguro se concretan de manera individual según los factores de riesgo que existen y suelen ser de menor cuantía que los costes de la carta de crédito.
Las empresas exportadoras asumen el riesgo de la parte de la pérdida que no está cubierta por el seguro y, en el caso de realizar reclamaciones, deben cumplir los términos y condiciones especificados. Suelen cargar el coste del seguro en el precio de venta de sus exportaciones.
Es un seguro que, como hemos visto, se recomienda conjuntamente con condiciones de cuenta abierta, sobre todo en el caso de clientes nuevos, y también para la financiación previa del capital de trabajo para la exportación:
- Protege a los exportadores que venden con condiciones de cuenta abierta, en el caso de tener pérdidas comerciales por incumplimiento, insolvencia o quiebra del comprador extranjero; y cubre también las pérdidas políticas.
- Ofrece seguridad a los bancos que ofrecen capital de trabajo y financian las exportaciones.
En el caso de vender a consignación, el seguro protege al exportador del impago de facturas del distribuidor extranjero -pérdidas comerciales- y cubre también las pérdidas políticas. Y se debe contar con un seguro apropiado para cubrir los bienes consignados en tránsito o que estén en posesión del distribuidor extranjero.
La financiación de capital de trabajo para la exportación hace posible que los vendedores puedan ofrecer, de forma competitiva, condiciones de cuenta abierta o vender a consignación. En algunas ocasiones, las instituciones financiadoras pueden poner como condición para conceder ese tipo de financiación, que el exportador obtenga un seguro de crédito de exportación para sus saldos por cobrar extranjeros.
Citar, por último, los programas garantizados por el gobierno de préstamos de capital de trabajo para la exportación, que incentivan a las instituciones financiadoras al reducir el riesgo de exposición. Los exportadores, en este caso, pueden necesitar el seguro de crédito de exportación para ofrecer condiciones de cuenta abierta con mayor confianza.
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